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Buenas tardes, en septiembre firmé un contrato de alquiler por un año de duración.
Lo hice porque acababa de vender una vivienda y en espera de comprarme otra, ahora he encontrado la vivienda que quiero comprar.
En el contrato no se establece indemnización alguna para en caso de que la parte arrendataria quiera suspender el contrato por lo que entiendo que, de acuerdo con la ley, puedo suspenderlo a los seis meses avisando por burofax con los 30 días que la ley establece.
Gracias
Esther López Montoli efectivamente puede dar por terminado el contrato a los seis meses preavisando al casero con treinta días de antelación, de modo fehaciente.
Le recomiendo que en ese burofax de preaviso le indique el día, hora y lugar de entrega de llaves.
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