¿Pueden echarme del del piso en que estoy viviendo en régimen de alquiler?
Vivo en un piso de alquiler desde el año 1998 en el que firmé un contrato de tres años. En 2001 firmé otro contrato por el mismo periodo de tiempo. Desde entonces hasta la fecha no he firmado ningun contrato más. Estoy al corriente de todos los pagos.
El contrato de 2001 va a cumplir ocho años de prórroga legal, por lo que quedará extinguido en la fecha en que cumpla esos ocho años. Pero si pasan 15 días sin requerimiento del arrendador, se renovará automáticamente por un nuevo plazo que podría ser incluso de tres años, como el contrato original.
Sus derechos de prórroga finalizan en el presente año 2009, al cumplir el octavo año de contrato.
El contrato de 1998 se extinguió al firmar un nuevo contrato en 2001. Ese contrato finalizará en 2009, al cumplirse los 5 años de prórroga forzosa, más los 3 años adicionales de prórroga tácita.
Una vez cumplido el octavo año de alquiler, "en el cumpleaños del contrato", pueden ocurrir dos cosas:
1.- Que previamente a su vencimiento, en el plazo que estipule el contrato, y si no lo señala en 30 días antes de su vencimiento; el propietario le anuncie su intención de no renovar más el contrato. En ese caso se extinguirá totalmente, y no le asiste ningún derecho a continuar.
2.- Que cumplido el octavo año el propietario no le haya comunicado su intención de dar por finalizado el contrato, ni usted haya manifestado nada al respecto. En ese caso se producirá una nueva prórroga tácita, por igual periodo por el que se haya fijado su alquiler. Ese periodo, según nos dice, es de tres años, pero le recomiendo revise el contrato. No siempre lo que tenemos en mente corresponde a lo efectivamente escrito.
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