Si desea ejercer el derecho de tanteo debiera cuanto antes acudir a un Abogado especializado en esta materia que le asesorara y asistiera.
Si simplemente desea permanecer en la casa no se debe preocupar en tanto no le hagan alguna notificación escrita fehaciente en cuyo caso el consejo es el mismo que el anterior.
Considero que la prohibición de alquilar puesta en escritura pública no le afecta salvo que el banco le pueda demostrar connivencia con el dueño.
En mi blog
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.