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Hola.
El contrato de mi piso de alquiler lo firmaron un matrimonio anciano. Hace menos de un año, la mujer falleció. Desde el principio, mis caseros se desentendieron de los asuntos relacionados con el alquiler del piso, delegando esto a su hija (tienen varios hijos) pero sin notificármelo nunca por escrito u "oficialmente". Mi pregunta es: ¿puede ella actuar como mi casera? ¿Ella puede notificarme por ejemplo y tras los cinco años de contrato, la resolución del mismo o el aumento de la renta del alquiler?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
No tienes razón amigo carlosth. Deberá hacer simplemente un poder notarial el padre a la hija,para que actúe en su nombre y nada más (en la notaría 10 minutos)
no de ninguna manera si el contrato esta firmado por ese señor o sea el padre al no ser que otorgue un poder notarial el padre al hijo y con cambio de escritura de la vivienda y con cambio de contrato respectivamente.un saludo
Si te consta que es consentido por tu casero no debe plantearte problemas pues estrian actuando en su nombre como sus mandatarios verbales
Hay que distinguir entre las facultades que se van a jerecer en nombre el casero. Copio: ¿Ella puede notificarme por ejemplo y tras los cinco años de contrato, la resolución del mismo o el aumento de la renta del alquiler? Para esto se necesitará un poder en forma del titular.
Yo opino que con un simple poder del padre a la hija,esta puede actuar de casera perfectamente
Yo tengo dos pisos alquilados y se los he dado a una agencia que se encarga de todo y que actua como casero a la hora de tratar cn los inquilininos. Normalmente solo acudo a la firma de contratos. Teniendo en cuenta esto creo que cualquier persona autorizada por el propietario puede tomar las funciones de este. No obstante en tu caso ,creo que debian haberte avisado de el hecho que comentas.
Para actuar 'como casero/arrendador debe ostentar un titulo suficiente, sin eso no puede actuar.
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