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Juan Vigil Alegre

inquilino/a

¿Puede una empresa en situación de inactividad según el borme emitir facturas de alquiler? ¿debería constar iva o irpf?

Con una empresa de este tipo alquilé un apartamento. Las facturas presentan además la siguiente irregularidad: imputan el cobro de la luz y el gas sin aportar una copia de los recibos originales.

La empresa tiene otra particularidad: no devuelve la fianza porque hay una mancha en la pared procedente de los tubos de la calefacción, apareció una mancha negra de unos 30 cm en una parte del zócalo y había suciedad en la ventana de la cocina. A la entrega, no había tampoco luz en algunos puntos, pero estuve durante 9 meses intentando que vinieran a ver la conexión electrica hasta que me cansé y la dejé así (nunca responden a las llamadas de los inquilinos y para una vez que lo hicieron pusieron mi termostato al revés; la lavadora, que desde el primer día no funcionó, tuve que arreglarla de mi bolsillo en 3 ocasiones).

En fin, ¿os parece que debo luchar por la fianza o pasarme por la Inspección de Hacienda?

Muchas gracias por vuestra atención

  • Preguntado por: Juan Vigil Alegre
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El hecho de que su arrendador incumpla su sobligaciones fiscales en nada afecta a su contrato de arrendamiento. El alquiler de vivienda está exento de IVA.

    Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede,  los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos  datos se extraerá la posibilidad o no  de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.

    En este enlace: http://pedrohernandezabogado. com/2011/01/el-finiquito-del-alquiler.html tiene ampliada la información que le interesa.

    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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