Buenas tardes, Amparo:
1º) Si bien es cierto que el contrato estaba en vigor cuando ocurrieron los hechos y que los mismo podrían constituir un ilícito penal, en mi opinión no le aportará nada positivo interponer la denuncia (reconocimiento de entrada de un trabajador por orden de su jefe en un piso arrendador tercero para quitar un cartel de alquiler).
2º) La sustitución del bombín es una facultad para el arrendatario(no es obligatorio) y el coste debe ser asumido por éste .
3º) No existe obligación alguna de dar copia de las nuevas llaves al arrendador.
Reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl/