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¿Es legal esa cláusula?
Cláusula: " El plazo de duracion del presente contrato es de 1 año, prorrogable por iguales periodos de tiempo mientras ninguna de las dos partes comunique a la otra, con un plazo minimo de preaviso de 1 mes, su intencion de no prorrogar el contrato, y comenzara a regir a partir del 23 de diciembre de 2009."
No. No lo es.
La parte arrendadora, salvo cláusula de necesidad, no puede dar por terminado el contrato durante al menos los 5 primeros años.
Vea los artículos 9 y 10 de la LAU
Saludos - Papeleos Alquiler