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En mi contrato pone que yo me hago cargo de estos gastos, excepto (y cito textualmente) "la Comunidad de Propietarios" (que la paga el arrendador).
Tengo que pagar yo, por ejemplo, la rehabilitación de una fachada??? Es que lo normal es que de esto se haga cargo el Arrendatario, no? Qué me pueden exigir al poner esta cláusula de los gastos para el adecuado sostenimiento?
Gracias de antemano
Wasp no puedo por menos que comentar que ese contrato parece el tipico copiado sin entender los conceptos y desde luego puede ser un semillero de problemas.
Puede consultar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 €/min. Desde fijo; 1,53 €/min. Desde móvil)
Normalmente los generados para el adecuado sostenimiento del inmueble son precisamente los gastos de Comunidad.... ¿?¿?
Pero no se preocupe porque refiriéndose a ese pacto, dice la LAU
cito
"Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato."
termina
Así pues si en su contrato no figura ningún importe... no tendrán derecho a exigir nada.
Saludos - Papeleos Alquiler