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Evalín

inquilino/a

¿Puede un propietario obligarme a pagar la contribución del piso?
Lo estipuló en el contrato y lo firmó mi marido sin leer esa cláusula por error, me dí cuenta yo después, una vez ya de que lo había firmado.
Gracias de antemano por su aclaración.
  • Preguntado por: Evalín
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • LolaG

    casero/a

    Si el arrendador lo hace constar en el contrato, junto a su importe, el IBI lo tiene que pagar el inquilino. Mira lo que dice la LAU de 1994 en su artículo 20.1: "Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

    En edificios en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.

    En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.
    Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración. "
    • Respondido por: LolaG
    • Hace 15 años
  • proelite

    profesional

    Ante la duda del acuerdo prevalece la lau, puede poner misa en el contrato que un juez si el inquilino es perjudicado se coge a la ley de arrendamientos al dedillo. Y ese impuesto es por y para los propietarios.
    • Respondido por: proelite
    • Hace 15 años
  • Evis

    inquilino/a

    igual me expliqué mal, ya sé q el error grandísimo fué x nuestra parte, unicamente quería saber si es legal q la contribución la paguen los inquilinos, pues en otras ocasiones q habíamos estado de alquiler nunca lo hemos pagado, mi marido se confió al firmar, desde luego q no nos volverá a pasar x la cuenta q nos traé.

    El piso está ubicado en Salamanca, no somos de aquí, llevamos tan solo 3 meses viviendo, pero hemos oído q la contribución en esta ciudad es muy cara.

    Gracias igualmente
    • Respondido por: Evis
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Entonces no es que le obligue el propietario es que se ha comprometido por escrito a pagarlo.

    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • usuario eliminado

    Si el cpntrarto lo estipula y aparecen sus firmas claro que le puede obligar. Puede modificar el contrato alegando de mutuo y buen acuerdo con la contraparte, el dueño, de no ser posible pues entonces usted puede alegar error ante un juez de primera instancia y esperar a que se pronuncie al respecto para la realización de un nuevo contrato si es aceptada su demanda.

    Ahora le pregunto, a cuánto asciende esa contribución anual?.. Creo que no debe ser mucho en dependencia de los m2, el lugar y tipo de arrendamiento. Será mejor siempre esto último que estar de pleitos.

    Para la próxima no anden con apuros y lean bien todo, puede que un día firmen cualquier otra cosa que les cree una situación bien compleja.

    un saludo.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
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