Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
nunca ha tenido ninguna incidencia ni retraso en el cobro mensual.
Angylins, en el fondo te viene bien que sean de seis meses. Me explico: tú vas a tener derecho igualmente a quedarte ahí cinco años, da igual si vende la casa, se la embargan o lo que sea. Sin embargo, si tú quieres marcharte y no te pones de acuerdo con el casero (que parece que le mola la peseta), éste podría exigirte que te quedaras hasta fin de contrato o que le abonases esos meses hasta que él encontrase nuevos inquilinos. Siendo de seis meses en seis meses, si te quieres ir y él se opone, no tendrás que pagarle tanto como si el contrato fuera de un año.
Y aunque quiera vender la casa, si no te apetece que entre en tu casa para que se la enseñe a los posibles compradores, niégate, que estás en tu derecho.
S2
Hola angy:
no, su arrendador pueder vender la vivienda en cualquier momento durante la vigencia del contrato. En este caso el comprador se subrogará en la posición del anterior arrendador y deberá respetar el contrato hasta la última prórroga del art 9.
le sugiero la lectura de los artículos 25 y 14, `por este orden, de la Ley de Arrendamientos urbanos de 1994.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Si, es mi vivienda particular, y mi preocupacion es que un dia me diga que ha vendido el piso y que nos tenemos q ir...
Lo digo porque una vez casi le sale comprador cuando llevavamos 6 meses viviendo y nos presionó para que se lo compraramos nosotros, ya que legalmente ibamos los primeros si estabamos interesados,al final ese comprador se echó atras,y la cosa se quedó ahi...
Si legalmente son 5 años, no lo puede vender hasta q finalicen?
Un Saludo.
A ver,
aunque entiendo que te angustia, de verdad que es muy facil.
si es tu vivienda habitual, tienes derecho a tus cinco años.
si tienes un contrato de 6 meses, y te quiere hacer otro, acepta Solo si te interesa.
sino, a los 6 meses, se renovará por un año, y así hasta los 5 años y 6 meses.
los 5 años no te los quita nadie, si es tu vivienda habitual.
la clave es: es tu vivienda habitual?
saludos,
pablo
Hola angy:
le sugiero que el contrato sea examinado por un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
mi contrato no pone nada q sea de temporada,eso entonces es legal?
Hola angylis:
le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
El Primer contrato no fue de cinco años sino de uno, el siguiente de seis meses, ahora quiere hacer otro de seis, y me ha dicho que le ha aconsejado su abogada porque los anteriores inquilinos le dejaron meses a deber..y tambien porque el lo que quiere realmente es vender el piso y si le sale comprador poder echarnos,de ahi contratos cortos.
Y tambien queria preguntar si se estropean electrodomesticos como la lavadora o el termo del agua quien tiene que acerse cargo?
Cada contrato que te haga prolongará tu estancia en el piso. Tienes derecho a estar hasta 5 años.
Algún arrendador cree que por hacer contratos menores del año son de temporada. No es así. Para ser de temporada no basta poner que es de temporada, hay que justificar el motivo documentalmente y figurar en el contrato su vivienda habitual. Si no la tiene, es ésta. saludos,
si se trata de tu vivienda habitual con el contrato que tengas puedes permanecer hasta 5 años en los que tu casero no puede modificar nada.
Lo unico que puede hacer tu casero en esos 5 años es adecuar la renta (cada 12 meses)en funcion del IPC.