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Estudiantes se han quedado en la calle, literalmente, porque los caseros establecen un contrato de alquiler de los meses en los que vas a estudiar. Luego se han tenido que ir y no les ha guardado el piso en verano para comenzar luego en septiembre. ¿Es esto legal? ¿Podría exigir un contrato de un año que se renueve automáticamente como se hace en las inmobiliarias? O bien, ¿tengo el derecho de guardar el piso hasta septiembre añadiendo un adelando?
¿Los caseros tienen la obligatoriedad de hacerse cargo de los defectos del piso arrendado? Como humedades, termos rotos, labadoras, cuadros de luz, puertas, cocinillas, bañeras, tazas, lavabos, etc. En las inmobiliarias se hacen cargo de todos estos defectos y envían a profecionales para este fin, supongo, que un casero deberá hacerlo el mismo.
Un contrato de temporada finaliza cuando se acaba el plazo pactado, si desea una reserva del mismo deberá pactarla expresamente, desde luego por escrito.
En cuanto a los defectos y deterioros la regla es simple: Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).