Aqui lamento disentir de Amparo, no en cuanto a la forma, evidentemente la única forma de reclamar es el Juzgado, sino en cuanto a la conveniencia de esa reclamación, es más que posible que tal como relata los hechos el consultante el Juzgado decida que le corresponde pagar al inquilino, las costas pueden ser cuantiosas.
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