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Buenas noches.
Tengo un problema con el antiguo inquilino de mi actual casa. Se ve que aún sigue recibiendo las facturas del gasto de mi vivienda.
Lleva desde abril fuera del piso y se ha pasado por el mio amenazando con dar de baja los contadores y poner una demanda en la policia. Según el, los cambio al entrar de inquilino al piso. ¿Puede hacerlo? Se que esto deberia arreglarlo la propietaria.
El contrato de mi piso se hizo a través de una agencia. A la propietaria le han dicho que si estan echos los cambios.
¿Hay algún pago de luz / agua / gas que las agencias/propietarios pasen por alto al hacer el cambio de cuenta de la facturas de consumo?
Teniendo en cuenta que la agencia ha tardado los 2 meses máximos que tienen para depositar la fianza y deje claro que lo necesitaba lo antes posible para el empadronamiento no se que pensar sobre ellos por los suministros.
¿Puedo reclamar los honorarios de la agencia si no han cumplido lo que les tocaba hacer y me veo perjudicado de cualquier forma?
Gracias por las respuestas. Es lo primero que hice al levantarme esta mañana.
Me falta por confirmar que tengo la luz asignada a mi, gas y agua esta confirmado.
En el caso que siga con su amenaza ¿en que me puede afectar? ¿Algún caso previo?
Hola,
La llamada a la compañía suele ser gratuita, a lo mejor tienes un hueco para solucionarlo. Tienes suerte de que el antiguo inquilino le sobre la pasta, ya que yo hubiera devuelto el recibo, y hubiera dado los suministros de baja, y más si no te conozco de nada. Aunque es un tema que te lo tenían que haber solucionado mejor que lo hagas tú para no tener sorpresas.
Reclamar, reclama lo que quieras pero la inmobiliaria no te va a hacer caso de nada, y menos despues de haber cobrado.
¿ Por qué no llamas a la compañía directamente y das tu nº de cuenta y haces el cambio de titular de pago?
Por cierto, la fianza hay q depositarla 30 dias después de la firma del contrato, no de su entrada en vigor.
Es decir, si se firma el 1 de agosto para entrar el 20 de agosto, la fianza, como mucho, tendrá que haber sido depositada el 30 de agosto. No hay dos meses. Si han tardado dos meses es posible que hayan tenido que pagar sanción. Tampoco es necesario que la fianza esté depositada para empadronarse.
Y no, no vas a poder reclamar los honorarios de la inmobiliaria, más que nada porque, esas obligaciones, deberías tenerlas por escrito y firmadas por ellos de que se hacen responsables.