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Hola.
Hacienda me devuelve la declaración diciendo que no tengo derecho a la deducción autonómica por haber depositado la fianza mi casero en el 2011 ya que dicen que la tendría que haber presentado en 2010, es decir en el mismo período impositivo. ¿Es esto cierto?, ¿valdría de algo alegar que el depósito de la fianza es una obligación del arrendador según la Ley de arrendamientos urbanos. Resido en la Comunidad Valenciana.
Un saludo y gracias
Reitero la contestación dada en otro lugar: Debería impugnar la liquidación de la aeat aduciendo que se ha cumplido el requisito exigido y que el retraso en el cumplimiento no depende de su voluntad.
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