¿Puede obligarme un casero a cumplir un contrato si no puedo pagarle?
Tenia un contrato de cuatro personas, entre ellos mi pareja que no trabaja, y está embarazada. Uno de ellos quedó en el paro y se fue a su país, el casero sabía que era entre todos que podíamos pagar, ahora he hablado con él para marcharnos del piso ya que no podemos pagarlo y buscar algo más económico, pero lo único que alega es que el no se puede perjudicar, pero yo ni siquiera podría costear los gastos necesarios (alimentación, servicios, etc.), si me quedo en el piso, pq tendría que pagarlo y eso supera mis posibilidades, pero él mismo se niega a que le entreguen el piso, hemos hablado desde el mes pasado, pero continúa diciendo que no. ¿Qué puedo hacer, pq sólo han transcurrido 6 meses y el contrato es por un año?
Hola: Mira, hay de todo, pero el propietario, es tonto.
Si tú le has explicado que no puedes pagar el piso tú solo y que te marchas, no sé qué es lo que pretende el propietario. ¿Arriesgarse a que tú sigas en el piso, para cumplir hasta el año pactado, arriesgándose a que como no puedes pagar el alquiler, se quede sin cobrarlo?
Mira, has hecho muy bien en hablar con el propietario y plantearle tu problema, yo también soy propietaria y si un inquilino me dice que se tiene que marchar, antes de terminar el contrato, porque no puede pagarme, de verdad te digo que se lo agradecería muchísimo y le diría que sí, que no hay problema, que no importa que no cumpla el contrato. Eso sí, los consumos de luz/agua lo tendría que dejar pagado a la entrega de llave.
Tu pregunta ¿qué puedo hacer.....? Yo te la respondo:
Le envías un burofax exponiéndole que te marchas y los motivos (aunque ya él lo sepa).
Si sigue en sus trece, te marchas y le dejas las llaves dentro de la vivienda.
No te puede obligar a quedarte en la vivienda, si tú le has explicado que no puedes pagarla.
Deja tus facturas de luz/agua pagadas.
La fianza la pierdes, te vayas sin más o no. No como dice Jaime Feiner Alonso. Tú no has cumplido con el contrato, así que no te pueden devolver la fianza. Ésta, sólo se devuelve cuando el contrato se cumple y a la fecha de finalización del mismo.
No se te ocurra pedirle al propietario que te devuelva la fianza. No tienes derecho a devolución.
Y por lo demás, no creo que el propietario te vaya a denunciar por incumplimiento de contrato para reclamarte los otros 6 meses que te queda por finalizarlo. Tendría él que contratar un abogado y un procurador, para iniciar lo trámites de la denuncia y si sabe que estás sin trabajo, sería inútil que él se gastara dinero en los trámites
Estimado amigo, el contrato en caso de incumplirlo supone una penalización de un mes de renta por ley (salvo que en el contrato se estipulara otra cosa) así que si no puede cumplir realice la entrega de llaves mediante mensajero con acuse de recibo y por otro lado deposite el mes de penalización en la cuenta del cliente. Si tenían fianza y no hay desperfectos deberán devolverle la fianza en un máximo de 30 días, en caso de no hacerlo podrá poner vd., la correspondiente demanda a través de un abogado
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