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mario

casero/a

problema con inquilino
compre un piso con una inquilina dentro que lleva viviendo ahi 12 años y tiene 94 años. Ella ha realizado obras voluntarias de mejora....cambiar la puerta blindada por una acorazada, poner un toldo en el balcon, acristalar la galeria, instalar aire acondicionado central. quisiera saber si cuando deje de alquilar la vivienda me puede reclamar alguna cantidad economica por las reformas o podria retirarlas para llevarselas aunque produzca algun desperfecto logico al hacerlo.
muchas gracias
  • Preguntado por: mario
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Mario si ese contrato es de 2012 puede durar hasta 2020 si ninguna de las partes lo denuncia, en cuanto a las obras realizadas, tal como descibe los hechos quedarán en beneficio de la finca sin que puede pedir indemnización, ni retirarlas si causan menoscabo al hacerlo.
    Lea este enlace

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • mario

    casero/a

    la fecha del actual contrato de arrendamiento es de 2012 ya que se cambiaron condiciones referentes a precio.  a mi me interesa seguir con el alquiler, ¿que quieres decir con darlo por resuelto?
    el antiguo propietario no tiene nada firmado al respecto, las mejoras fueron voluntarias por parte de la inquilina. lo que pasa es que me a insinuado las cosas que ella a hecho en la vivienda y me da que luego quieren sacar tajada.

    • Respondido por: mario
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    De qué fecha es el contrato de arrendamiento? Si lleva solo 12 años, significaría que el contrato es posterior a 1995, por lo que Ud. podría darlo por resuelto.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Mario se le ha respetado a la inquilina el derecho de adquisicion preferente? Y Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Salvo que haya habido otro pacto  (por escrito) con el arrendador anterior, cuando se marche deberá dejar lo hecho a beneficio de la finca.
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