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Hemos hecho un contrato de arrendamiento con todo en regla, inmobiliaria, aval bancario, dos meses de fianza, pero nos encontramos que la inmobiliaria que gestionó todo, nos afirmó que no teníamos que pagar impuestos porque eso corría a cargo del casero, en el momento de la firma del contrato, una cláusula decía que nosotros teníamos que pagar los impuestos, y como ya habíamos dado la señal y nos dijeron que de no aceptar el contrato perdiríamos los 950 euros que teníamos de señal. Nos aseguraron que serían como 100 euros y no me pareció tanto, pero al final han sido 300 euros, y eso me parece excesivo. Ojalá me pueden ayudar.
No lo tienes que pagar.
par podertelo cobrar tiene que existir una clausula en el contrato que diga que tienes que pagarlo y además indicar su importe el año en que se firma el contrato. Si en tu contrato no ponía el importe la clausula es nula.
Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.