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La 'contribución': el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) ..se supone que paga el propietario no el inquilino por lo que me han dicho ... a mi me parece mucha cara por su parte y se q tengo la culpa por no haberme enterado de q es el IBI pero, aún así, me parece muy injusto.
Mi relación es excelente con el`propietario y aun no le dicho nada al respecto porque odio tener que ponerme de malas con él
Gracias por vuestra ayuda
Hola Paloma:
1º) Revise su contrato para ver si en el mismo se pactó que el IBI sería a cargo del arrendatario (usted).
2º) El hecho de que no conste el importe del IBI en el contrato - pero sí la obligación de pago del mismo por el arrendatario - es cuestión no pacífica en la jurisprudencia.
a) A favor de que no es necesarino establecer su importe en el contrato, entre otras, AP Madrid, Sec. 20.ª, 375/2008, de 9 de junio, AP Barcelona, Sec. 4.ª, 275/2005, de 27 de abril, AP Valencia, Sec. 8.ª, 602/2009, de 10 de noviembre, AP Zaragoza, Sec. 4.ª, 606/2008, de 7 de noviembre
b) A favor de que es necesario que conste el inporte, entre otras, AP Barcelona, Sec. 13.ª, 366/2007, de 3 de julio, AP León, Sec. 1.ª, 50/2007, de 8 de marzo ,AP Zaragoza, Sec. 4.ª, 3/2007, de 2 de enero, AP Asturias, Sec. 7.ª, 400/2003, de 17 de junio
Reciba un cordial saludo
Tal como dice marilolis usted se puede negar a pagar ese ibi, ha de figurar en el contrato y la cantidad a la que se refiere, si no existe en el contrato no le pueden pedir que lo pague ahora. Por otro lado si le gusta el piso y quiere seguir viviendo allí tenga en cuenta que solo le quedarían 2 años y que le podría no renovar el contrato por este tema. Quizás le sale más a cuenta pagar, dependiendo de la cantidad que sea.
el IBI, como la comunidad es un pago negociable y como tal se debe de especificar en el contrato quien lo paga, si lo asume el inquilino en el contrato debe de especificar cual es su importe en el contrato, si no lo pone, lo ha de pagar la propiedad.