Es tan peculiar lo consultado y las respuestas recibidas que me animo a intervenir, comprendo ciertamente el consejo de dieta económica de Piscis, máxime proviniendo de un casero; desde luego no es el
peor consejo que se le puede dar pues el retraso injustificado en el pago de la renta es causa suficiente para interponer demanda de desahucio. La interposición de una demanda de desahucio por un solo retraso en el pago del alquiler, tiene pocos visos de prosperar. En el caso que nos ocupa, sin perjuicio de la posibilidad que pueda tener el consultante de buscar otra vivienda con un casero menos exigente en los plazos de pago, lo que nunca se debe hacer es dejar una modificación del contrato basada en palabras, conviene recordar que -
Verba volant, scripta manent-, Las palabras se las lleva el viento. Le recomiendo a Francisco que lea el
EL DECALOGO DEL INQUILINO y a Angélica
Los requisitos del retraso del alquiler como causa de desahucio