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pues en el año 2000 ,120.20 era una burrada,el ipc que me suben es correcto, pero creo que lo que no me pueden subir en el ipc, me lo estan subiendo en la comunidad ya que el piso es de renta antigua y solo pueden subir lo que marca la ley segun mi contrato del año 1978 que ademas es indefinido.Me gustaria que me contestaran. muchas gracias.
Tal y como dice Eduardo, los gastos de comunidad en contratos antiguos se pueden repercutir todos, para compensar de alguna manera el poco importe de los alquileres. Sin embargo tiene derecho a que le enseñen las liquidaciones de la comunidad.
Le pueden repercutir la comunidad, y en ese concepto no pueden incluir otros; por lo que debe pedir al administrador de la finca que le indique el importe de la cuota de comunidad, y esa será la cantidad a pagar.
La renta se la podrían subir en ciertos casos y con ciertos límites, pero es distinto del tema de la comunidad.