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Estamos en un piso de alquiler y no tenemos seguro (el propietario sí). Queremos contratar un seguro para curarnos en salud y nos gustaría saber qué cosas hay que tener en cuenta al contratar uno para que cubra si le pasa algo a nuestras cosas, además de las responsabilidades respecto a la comunidad, los vecinos y el propietario.
Gracias
Sin ánimo de generar polémica estéril, el beneficiario de un seguro de Responsabilidad Civil siempre es un tercero (el perjudicado que reclama), nunca el asegurado.
Respecto a tener una cláusula de beneficiario en póliza, no es aplicable a la R.C. (Responsabilidad Civil), pues contradice la propia norma de la ley; aunque sí puede serlo a otras garantías.
Por ejemplo, si un inquilino tiene un niño, viene una visita y el niño rompe una cámara de fotos de la visita, el seguro de R.C. daría cobertura a esa cámara por mucho que haya cláusulas de beneficiario a favor de la propiedad. Esta propiedad sólo será objeto de indemnización por la garantía de R.C. para aquellos siniestros cuyo causante sea el inquilino... por ejemplo, en un incendio originado en una sartén.
Saludos cordiales.
el arrendador es el casero ¿no? joer javier diez, eso ya es el colmo, que otro te pague un seguro.
Yo siempre pago un seguro de inquilinos, que cubre, entre otras cosas, la responsabilidad civil, y desde luego, la beneficiaria soy yo, que para eso lo pago. El propietario que asegure lo que quiera y que lo pague él.
Hola,yo como norma siempre pongo en contrato que el inquilino tiene que contratar un seguro de responsabilidad civil cuyo beneficiario es el arrendador
Un seguro de inquilino no es muy caro, y es muy útil pues te cubre todas las posibilidades de accidentes domesticos, ante el propietario, y ante los vecinos, e incluye resposbilidad civi. Te adjunto un enlace, de una póliza que incluye un servicios de averias rápidas muy efectivo y con el que estoy encantdo, y que te permite calcular tus cuotas:
https://www.seguroscatalanaoccidente.com/esp/Calcular-Precio_Calcule-su-Seguro-de-Hogar_Seguro-de-Hogar.aspx
practicamente todas las compañias tienen seguros especificos para inquilinos....lo más importante es que te cubra la responsabilidad civil
Puede usted contratar un seguro de hogar, sin la partida de Continente (que ya la asegurada el propietario). En un seguro de estas características, usted definirá el valor de sus bienes, y por defecto estas pólizas ya integran una garantía de R.C. por 150.000€.
Saludos cordiales.