Es exactamente lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Ahora bien, tus circunstancias son especiales. Explícaselas a tu casero que seguramente preferirá dejarte ir (sin esa indemnización tan grande) a que dejes de pagarle la renta por no poder afrontar el alquiler.
Te dejo este post que es un caso similar al tuyo.
Suerte
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/cumplir-duracion-de-contrato-piso-alquiler_6834.html.