Hola Yessenia;
Si has firmado por cinco años, no has firmado por un año y se renueva anualmente hasta los cinco años.
Tienes que mirar el contrato y si son cinco años los que has firmado debes cumplir los cinco años o indemnizarle por el desistimiento antes del tiempo fijado en el contrato.
Si es anual y es la primera prórroga, debes avisarle con treinta días antes del día 20 de octubre.
Si no pagas, es un incumplimiento y él, podrá cobrarse el mes con la fianza, si no llega o existe por tu parte algún otro tipo de incumplimiento, te podrá reclamar el resto.
Puedes ponerte en contacto con nosotros si tienes cualquier duda.
Atentamente.
Daniel Gutiérrez
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