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Si se ha entregado un dinero (equivalente a una mensualidad) en concepto de señal de un contrato de arrendamiento que todavia no se ha formalizado por escrito, y la propietaria del inmueble me llama a dos semanas de que comenzara el arrendamiento que habíamos pactado verbalmente para que comenzara el mes que viene (01/02/2011), y me dice que ya no la alquila porque ha decidido vender, puedo reclamar además de la devolucón de la señal una indemnización?
El caso es que no hemos buscado mas viviendas, confiando en que no habría problema y que firmariamos esta semana, y ahora nos encontramos con un problema muy serio, ya que tenemos que mudarnos en dos semanas de donde estamos y ahora no tenemos a donde...
En efecto, todo depende de que en el documento de fianza quedase claro que el alquiler se iniciaría a esa fecha. Siendo así la indemnización consistiría en que os devolvieran la cantidad doblada, pero si no quedó constancia, nada podrías reclamar.
como bien dice amparo el exito o fracaso se debe a loque firmaste al entregar la fianza, pero segun entiendo de tu pregunta parece que lo acordaste de forma verbal?, al ser asi no se que decirte lo mejor es que consultes a un abogado experto en derecho urbanistico, como siempre digo es muy desaconsejable entregar cantidades sin ningun documento de promedio, aunque sea entre particulares.
Te diría que llames a Pholmo y le leas el documento que firmásteis cuando entregaste el dinero.
de su redacción puede depender el éxito o fracaso de una demanda.
saludos - Papeleos Alquiler.