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Me quede sola con una hija pagando 800€ de mensualidad sin trabajo, debo Diciembre y Enero, puedo decirles que me voy a finales de Enero y que la fianza la tomen para pagar el mes de Enero y diciembre lo pagare antes de irme?
En cuanto a la primera pregunta habría que ver quien figura como arrendatario en el contrato.
En cuanto a poderse marchar depende de la respuesta anterior y de la posibilidad de llegar a un acuerdo con su casero.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.