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En este caso soy inquilina y propietaria. tengo mi piso en alquiler desde agosto 2014 a enero 2015 y a la vez soy inquilina desde agosto 2014 en otra localidad y no se como proceder con hacienda y como se aplica la ley al ser formalizados ambos contratos en 2014.muchas gracias!
Conviene matizar, los alquileres no son ganancias patrimoniales, sino rendimientos de inmuebles, el tratamiento fiscal es bien distinto.
En lo que si estoy de acuerdo es que si no se atreve a hacer la declaración con el programa PADRE contrate a un profesional.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
En este año 2015, al hacer tu declaración del IRPF aplicas como ganancias patrimonuales las rentas recibidas en 2014 por tu propiedad,
Si la declaración no te la hace un profesional, cuando se abra el plazo, la propia Administración te la puede hacer.