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A mi entender, la cuestión de que las pequeñas reparaciones sean por cuenta del inquilino se establece en razón de la inmediatez de la solución, y el escaso coste que esto pueda suponer.
Al hablar sin límites monetarios económicos concretos, y por lo tanto sujeto a la interpretación de cada parte, entiendo que el criterio que deja cualquier asunto claro es el del "causante de la avería", con independencia de su importe.
Si el daño procede del inquilino de forma directa o indirecta, será este quien deba reparar o sustituir, pero si por contra no procede de el... el coste será a cargo del propietario.
En este caso será el inquilino quien deba probar que no es causante del daño, esto es así porque se supone que a falta de pruebas el causante del daño es quien está en uso y posesión de la cosa.
Un saludo.
Antonio Postigo
No estoy de acuerdo con la respuesta dada por Antonio Postigo, ya que, el que alquila se encarga de los pequeños mantenimientos y de arreglos eventuales, que surgen del propio uso de la casa; y el dueño asegura las reparaciones mayores y el mantenimiento para atenuar los desgastes estructurales.
"En general, las reparaciones grandes corren por cuenta del propietario y las pequeñas, del uso diario, las paga el inquilino", indica. En cuanto a los electrodomésticos, esta máxima se puede traducir en que las reparaciones las paga el inquilino, mientras que el propietario debe ocuparse de su sustitución.
Si al finalizar el contrato el inquilino no hizo los arreglos menores que le correspondían, seguramente tendrá problemas porque tiene la obligación de dejar la casa en las mismas condiciones en las que la recibió.