Andres, convendría matizar los conceptos, en un alquiler compartido, cada inquilino puede acogerse, si reune los requisitos exigidos, a la deducción, estatal y/o autonómica, en IRPF por la parte de alquiler que le corresponde pagar, cuestión distinta es que el resultado final sea a devolver o a pagar, que está en función de otros condicionantes además de esa deducción.
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