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lexis34

inquilino/a

¿Debo de pagar las obras de mejora del edificio si estoy de alquiler y las obras son de puerta hacia fuera de mi casa?

El propietario del edificio realizo obras de mejora tales como cambiar el cuadro de contadores de luz, cambio de acometida de agua y pintar la escalera del edificio donde vivo de alquiler y me pide la parte proporcional del coste de las reparaciones. debo de pagarlas o es coste que debe asumir el propietario del inmueble?

  • Preguntado por: lexis34
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (7)
lexis34 ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Pero ¿la lau del 64 no entró en vigor en el 65? Si el contrato es del 64 el contrato no sería posterior a la entrada en vigor de la lau ¿no?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Lexis:

    Gracias por aportar los datos solicitados. Conforme a los mismos su arrendor no puede repercutirle las obras, ya que el contrato es posterior a la entrada en vigor de la LAU 1964 y las obras no han sido impuestas por resolución firme de una autoridad administrativa.

    Reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • lexis34

    inquilino/a

    Pues en esta vivienda llevamos desde el año 1974 pero en el edifio desde el 64 las obras no se aprobaron en ningun sitio simlemente los propietarios del edificio las llevaron acabo sin consultar y ahora de los 8 vecinos que somos solo 4 somos de renta antigua y somos esos 4 a lso que nos quieren cobrar la parte proporcinal del coste de las reparaciones llevadas a cabo.

    • Respondido por: lexis34
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola lesis:

    Por favor, responda a las siguientes preguntas:

    ¿Las obras fueron aprobadas por la comunidad de propietarios o impuestas por alguna autoridad adminsitrativa?.

    ¿De qué fecha es el contarto de arrendamiento?

    Reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Conaltos datos que aporta parece que no pueden repercutirle esas obras y en todo caso la repercusión estaría sometida al procedimiento previsto en la ley.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • lexis34

    inquilino/a

    Si es de renta antigua del año 1964

    • Respondido por: lexis34
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    lexis34: lo primero es que no está tan claro que esas obras sean de mejora. A mí muchas me parecen de conservacion.

    Por otra parte, para contestar a su pregunta es imprescindible que nos diga de qué fecha es el contrato ¿es de renta antigua?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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