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tienen que entrar todos los dias por el piso durante 8 horas diarias, esto me impide a mi ir a mi trabajo, porque no quiero dejar la casa a sus anchas, me puedo negar a que pasen los operarios? el propietario de la casa me puede obligar? me corresponderia una revision de los gastos de alquiler durante dure la obra? puedo pedir una rebaja en el alquiler?
yo tengo el problema de que tengo nque perder de trabajar para estar en la vivienda por un local que tiene que pasar un tubo de humos quien me paga a mi el dia de trabajo
Hola, se que ha pasado mucho tiempo desde la última respuesta, pero andaba buscando sobre el tema de patios interiores porque justamente yo tengo uno. Y por si sirve para en otra ocasión, en mi edificio hicieron obras de reforma y a nadie se le ocurrió pedirme para entrar por mi casa ya que la obra iba a durar mucho tiempo, montar andamios, pintar, etc, mas de un mes. Solución: hicieron un hueco en la pared de la escalera, era más incómodo porque no era el descansillo, con puerta y todo. pero os aseguro que nunca se planteó el invadir una vivienda. Saludos
Ya puede ser todo lo soberana que quieras, que la Constitución Española está muy por encima de lo que se pueda acordar en una junta de propietarios.
es más, en caso de que un juez dictaminase sentencia a favor de la comunidad, no solo se podría recurrir, sino que podría recurrir directamente al Tribunal Constitucional.
Soberano, na.
1. adj. que ejerce o posee la autoridad suprema e independiente
2. adj. elevado, excelente y no superado.
aquí, lo que es soberano, es la Constitución, que por encima no tiene nada, y todo tiene que estar supeditado a ella.
1 Si la resolución ha sido en junta general aprobado por mayoría,ESTA ES SOBERANA
2 Hay que recordar que el patio es comunal
3º Si no existe acceso por otro sitio deberá dejar entrar a realizar las oportunas reparaciones y si no acudir a que lo decida un juez
De todas las formas yo que usted preguntaría al presidente qué es lo que pone en las escrituras de propiedad horizontal,ya que estoy casi seguro que si ese patio solo tiene acceso por la vivienda,pondrá que es de obligado cumplimiento el dejar acceso para obras o reparaciones.Si la comunidad decide que se debe hacer en tal momento... deberá ceder,pienso yo y si no ahí esta el juez
cambie la cerradura y que se esperen a que se termine su contrato para hacer la obra.
Desde luego a mi no me romperian mi vida.
javier diez, creo haber dejado claro que, en última instancia, tendría que acudirse al juzgado, y sería el juez quien dictaminase la urgencia y el permiso, cosa que no acostumbra a suceder, pues siempre hay otras alternativas, y porque se pueden retrasar las obras.
De hecho, si es una mejora de estética, el arrendatario tiene derecho a decidir que se hagan una vez terminado su contrato.
Por cierto arbille, debería cambiar la cerradura, si es que no lo había hecho aún.
Yo tengo claro que no los dejaria pasar.
en base a que? Es mi casa.
ah, si no lo ha hecho ya, cambie la cerradura urgentemente.
pablo.
Se trata de un piso en alquiler y la obra no es imprescindible, es una reforma simplemente de estetica, que me va a perjudicar durante 15 dias 8 horas, sin poder yo acudir a mi puesto de trabajo y no puedo dejar a nadie para que vigile la casa. Gracias
Lo siento pero no estoy de acuerdo. El dueño de un immueble siempre está obligado a facilitar los accesos a sitios comunes si sólamente se puede acceder por la vivienda ,para realizar cualquier tipo de emergendcia
Puede negarse a que entren en su vivienda, pues la constitución protege la inviolabilidad de la vivienda.
Si las obras son necesarias, deberán buscar otra forma de acceder al patio, e incluso que la única fuera por su casa, sin acudir al juez y que éste lo ordene, no habrá forma. Y muy urgentes deberán ser las obras para que un juez ordene el poder invadir su vivienda.