Discrepo de esta última respuesta, con independencia de que exista o no inventario "llevarse los muebles" es apropiación ilícita y si el dueño puede acreditar la existencia de esos muebles tendrá problemas. En el mismo sentido si vd puede acreditar lo pactado anteriomente, el dueño no podrá apropiarse de parte de su fianza. Solo me queda recomendarle que, para la próxima, lea atentamente
EL DECALOGO DEL INQUILINO