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A nivel estat ¿hay algún límite de edad para desgravar como inquilino, en concepto alquiler?
Los contribuyentes que se encuentren en situación de arrendamiento de su vivienda habitual podrán deducir en su declaración de irpf próxima, el 10,05% de las cantidades satisfechas durante ese ejercicio (1 de enero a 31 de diciembre de 2010) en concepto de alquiler de la que haya sido su vivienda habitual, siempre que cumplan los siguiente requisitos:
a. - Base imponible del contribuyente inferior a 24. 020 euros anuales.
por base imponible deberá entenderse la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro una vez realizadas las oportunas deducciones.
b. - la Base máxima de esta deducción será de:
a) Cuando la base imponible sea igual o inferior a 12. 000 euros anuales: 9. 015 euros anuales
b) Cuando la base imponible esté comprendida entre 12. 000,01 y 24. 020 euros anuales: 9. 015 euros menos el resultado de multiplicar por 0,75 la diferencia entre la base imponible y 12. 000 euros anuales.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)