¿Se puede negar el casero a devolverme la fianza, si no cumplo los 3 años del contrato?
Estoy de alquiler con derecho a compra pago 800 euros y deposité 3 meses de fianza, y ahora me quiero comprar otra casa, pues me hace falta esa fianza que deposité pero no me interesa el piso donde estoy he visto otra mejor.
Si en el contrato de arrendamiento no hace referencia en ninguna cláusula indemnización por inclumplimiento de duración del contrato, no tienes ningún problema en que te abone la fianza.
Pero debes comunicarlo con los treinta dias de antelación mediante carta burofax, entregando la vivienda en perfecto estado, y los suministros al corriente de pago.
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