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Hola, somos inquilinos en una vivienda, la propietaria de la misma, en primer lugar se niega a arreglar la vivienda, que a día de hoy rezuma agua en una de las habitaciones, donde hasta ahora dormian 2 de mis hijos, tiene una humedad en el techo, ha tardado en arreglar el horno, que ya desde el momento en que entramos a vivir, más de 4 meses.
Además de otros problemas higienico/sanitarios que ya hemos puesto en conocimiento de sanidad, la vivienda fué alquilada en su totalidad, y ha dia de hoy 8 meses más tarde desde el incio del contrato, existen 2 habitaciones cerradas con llave.
Aquí no acaba la cosa, ya que pensando que el contrato estaba registrado en vivienda, esto es falso, y ni el contrato ni los dos meses de fianza están registradas.
Debido a que por culpa de las humedades antes mencionadas, puestas en conocimiento de la propietaria hace ya 2 meses, mi esposa y uno de mis hijos han enfermado.
Rogaría que me indicaran como solicitar la anulación del contrato, por lo aquí espuesto
Hola Raul:
Salvo que en su contrato conste expresamente la facultad del arrendatario de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted),puede ocurrir :
1. Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.
2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.
3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
La cosa es que los contratos solo pueden resolverse por acuerdo entre las partes... o por orden del juez.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Gracias, le entiendo, entonces si no me equivoco, me está diciendo que nos tenemos que esperar (4 meses) hasta la finalización del primer año, aunque imcumpla el contrato de arredamiento y se niegue a realizar las reparaciones en la vivienda.
Porque nosotros lo que deseamos es, en el momento que encontremos otra vivienda, abandonar esta.
Yo no le he dicho que se marche antes.
le he dicho que llegará antes el fin del contrato, que la fecha de un juicio.
Gracias por contestar tan rápido, pero con dicha notificiación, cabe la posibilidad que nos quiera denunciar, por que nos vamos antes de la finalización del contrato, solicitando la totalidad de la anualidad, incumpliendo ella el tema de no arreglar los desperfectos de la casa, carecer de seguro del inmueble, descubierto al tener un incidente tras una tormenta eléctrica.
Ese es nuestro miedo.
Esa solicitud hay que hacerla en el juzgado.
con abogado y procurador.
valore que probablemente se cumpla la anualidad antes de que salga el juicio.
en tal caso tiene esta opción: Notificación al Arrendador de la no prórroga del contrato
la otra opción es, como le he dicho, contratar a un abogado.