Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Tengo un contrato de un año prorrogable a 5 y mi pregunta es si una vez haya concluido el primer año me puede subir el importe del alquiler a parte de lo que suponga el IPC.
Hola piki:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Y aunque lo pusiera en el contrato no se podría actualizar de otra forma que con el ipc. No sé de donde ha sacado esa información errónea Oscar
No,
A no ser que lo reflejara en el contrato inicial solo le podrá subir el ipc en cada cumpleaños del contrato hasta el 5º año.
saludos
oscar
La respeusta es negativa, el contrato se prorroga automaticamente (por la tácita) hasta cumplir los cinco años que prescribe la llau
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/