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Hola.
En la clausula nº6, expone el casero que el inquilino se hará responsable del pago de basura, agua, luz y demás servicios, aunque vengan a nombre del casero. OBLIGANDOSE EN TODO CASO EL INQUILINO A CONTRATAR DIRECTAMENTE DICHOS SUMINISTROS CON LAS CORRESPONDIENTES COMPAÑIAS SUMINISTRADORAS.
No sé que significa esto último y temo que nos obliguen a pagar la contribución.
¿pueden obligarme? ¿alguien me puede explicar q significa la clausula dicha.???
MIL GRACIAS.
Muchisimas gracias. Hay gente muy amable por aqui. QUE DIOS OS BENDIGA.SALUDOS MUY CORDIALES
el contrato tiene que poner claramente quien paga el IBI y el importe, si no lo pone bien claro, lo paga la propiedad, que a fin de cuentas es su obligación
O sea que se expecifique que pagamos el IBI.¿no?.
Gracias.y que dios te bendiga.
Solo te pueden obligar a pagar la contribución, si lo pone exporesamente en el contrato de arrendamiento. Ahi no lo pone, o sea que no tienes obligación de pagarla.
Lo que usted ha transcrito no habla para nada de contribución, o, como se llama ahora, IBI.
Para que usted esté obligado a pagar el IBI tiene que figurar expresamente en el contrato, así como el último importe pagado.
Saludos - Papeleos Alquiler