Ana Brianda. Falta por saber de cuánto tiempo es tu contrato. F No sé qué quieres decir con "Cuál es el tiempo que marca la ley para que desalojes" F Tampoco sé qué quieres decir con que te pone obstáculos para que te choques...
Si es vivienda habitual normalmente se hace contrato por un año prorrogable hasta los 5 años pudiendo en este año el arrendador rescindir contrato preavisando por burofax con 30 días de antelación (o lo que figure en contrato) a la terminación de los 5 años.
El arrendatario puede rescindirlo, al final del año o de cualquiera de sus prórrogas, preavisando por burofax con acuse de recibo con 30 días de antelación.
Si desistes y quieres marchar a mediados años es incumplimiento contrato y, si te demanda judicialmente, son muchos gastos, abogados, procuradores, costas judiciales,....etc. Si el contrato fuera de temporada, sería otro cantar.
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