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Contacté con un señor que me ha venido dando largas a la hora de hacer ingreso de señal en concepto de reserva del alquiler.
Le pasé modelo de contrato, fotos y un número de cuenta para que conel ingreso hecho yo ya no enseñase la casa.
Le di tres días de espera y le pregunté por correo lectrónico si seguía interesado, dio que si pero no ha hecho el ingreso y teniendo a otras personas interesadas le comuniqué que no cabía esperar.
Ahora me dice que va a presentar demanda por inexistencia de preclusión por incumplimiento de pacto verbal.
Es esto posible?
Hay alguna sentencia estimando que aún sin entrega de señal el arrendador sea culpable de no querer alquilar algo por lo que ni siquiera ha recibido una señal?
Estoy apurado.
contactodependis: dice que el cliente le quiere demandar por incumplimiento de pacto verbal. Imagino que quiere decir que mediante ese pacto verbal el cliente se reservaba el piso.
Si es asi mi pregunta es la siguiente: ¿incluía dicho pacto verbal el acuerdo de que para que hubiera reserva hacía falta ingresar la señal?
Copio sus palabras: le comuniqué que no cabía esperar.
pregunto: Esa comunicación fue por escrito o puede acreditarla?
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