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El contrato inicial era para un año y prorrogas sucesivas de un mes.
Ahora que llega el final se prorroga por años o por meses.
Si es por meses ¿cada mes el casero me puede decir que me vaya?
Lo de las prórrogas mensuales no es ajustado a la legalidad, con lo que no se tendrá por expuesto en el contrato y se considerará nulo.
Si el contrato inicial era anual, las prorrogas han sido anuales, y por lo tanto ahora las prorrogas siguen siendo anuales hasta el 8º año.
El arrendador solo puede dar por terminado el contrato en el 5º año, o bien en el 8º avisando simpre con un mes de antelación.
A partir de este 8º año, las prorrogas seguiran siendo anuales, y en cada cumpleaños se podrá dar por terminado por cualquiera de las dos partes con el preaviso pertinente.