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¿Quién tiene el derecho de poner un seguro de la vivienda? ¿El inquilino o el dueño?
Para complementar la respuesta de Muelles:
Por parte del propietario, es una temeridad no tener al menos un seguro de Responsabilidad Civil; pues una simple fuga de agua puede provocar MUCHOS daños a los bienes del inquilino, y de vecinos. Un seguro de estas características ronda los 90€ al año; y por esta causa tramito siniestros habitualmente de 50.000€ o superiores.
Y por parte del inquilino, no tener su propio seguro de Responsabilidad Civil es incluso más peligroso, pues no será el primer incendio que se origina en una vivienda, bien por acción directa del inquilino (se dejó una sartén al fuego), bien indirecta (su cargador de teléfono inició el fuego); estos siniestros son reparados por las aseguradoras de los propietarios, quienes posteriormente repercuten la totalidad de los daños al inquilino; y estos siniestros rondan tranquilamente los 90.000€.
Saludos cordiales.
El derecho lo tienen ambos, tanto inquilino como propietario, aunque ninguno de ellos tiene obligación.
Contratar un seguro no es obligatorio pero sí muy recomendable, por lo que lo más habitual es que el propietario suscriba un seguro de continente (su vivienda) y el inquilino uno de contenido (sus pertenencias).