Los contratos de arrendamiento en cuanto a su actualización deben sujetarse a lo previsto en la LAU, si se trata de viviendas en los primeros 5 años la actualización ha de hacerse conforme al IPC General por tanto negativa cuando corresponda.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.