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En mi contrato de alquiler pone que debo avisar con 2 meses de antelación antes de mudarme. De ser así cuando me quiera ir del piso a otro lo más probable es que pierda un mes de alquiler ya que nadie me va a esperar 2 meses con un piso vacío. ¿Es esto legal?
Inmobotero, la cláusula de avisar con 60 días es nula por contradecir la LAU en perjuicio del inquilino...
Paolo... todos los demás estamos de acuerdo contigo...
;-)
Feliz Solsticio - Papeleos Alquiler.
no entiendo vuestras respuestas
la LAU es muy clara, 30 dias. Punto final. Releed el articulo 9.
Todas las clausulas modificando la ley son nulas, por lo tanto se deben ignorar.
SAludos ,
Pablo.
Si fuera el contrato por un año y pusiera en contrato que debe avisar con dos meses de antelación, algunos jueces lo consideran improcedente porque si así fuera ¿porqué no poner preaviso de 4 meses ode 6 o más? No tendría sentido entonces el incumplimiento de contrato, no existiría pero para ello habría que ir ante un juez. La LAU dice 30 dias ANTES de CADA ANUALIDAD o prórroga, en contrato de un año o menos, por burofax con acuse de recibo, NO ANTES DE LA FECHA EN QUE QUIERA MARCHAR. saludos,
La LAU establece que el pre aviso sea dado con un mínimo de 30 dias de antelación aunque ese pacto puede verse ampliado o reducido según tu contrato de arrendamiento mira la clausula de termino del contrato de tu documento de alquiler
En arrendamientos de 5 años puede el arrendatario desistir del contrato preavisando de forma fehaciente con dos meses de antelación.
Si el contrato es de un año prorrogable automáticamente sin hacer nada hasta cinco, se debe comunicar por burofax con acuse de recibo y certificación de texto 30 dias antes de final de cada anualidad o prórroga. Si lo comunica en menos tiempo, 29 dias antes,15, se habrá prorrogado por un año más y si marcha es incumplimiento (desistimiento) del contrato y si le demandan gastos abogados,procuradores,costas judiciales,....MUCHO DINERO. saludos,