Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Buenas tardes,
Tengo escrita mi carta de desistimiento de alquiler.
Quiero saber si es mejor enviarla escrita a mano o no, enviarla por correo tradicional en certificado con aviso de recibo o por email.
Quiero saber también si hace falta mencionar que cuento con que recuperar la fianza pagada hace 2,5 años o simplemente mencionar la fecha de mi desistimiento y esperar que me contesten los administradores de fincas antes de hablar de "dinero".
Muchas gracias de antemano por su atención y respuesta
Cordialmente
Claire
Por lo que indica; y aunque habria que ver el contrato completo, parece que si que puede irse si avisa con mas de 60 dias.
no olvide hacerlo por burofax para cubrirse las espaldas.
tampoco es mala idea que le asesore un abogado; sobretodo si las fianza es importante.
pablo.
Hola Claire:
Para poder ratificar la interpretación que hace habría que examinar el contrato en su totalidad. Si después de revisarlo la interpretación es correcta tendrá que realizar la comunicación a través de burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
reciba un cordial saludo.
Gracias Pablo y Pedro,
En el contrato, una clausula indica que, en caso de desistir, se tiene que avisar con un minimo de 2 meses de antelación (lo que he tomado en cuenta --> me iria a principios de octubre 2013), y que "el arrendatario podrá renunciar a l'habitatge (el contrato esta en catalán) alquilado transcurrido el primer año de vigencia del presente contrato". (llevo 2,5 año en el piso).
Yo entiendo que no hace falta esperar la próxima anualidad, sino tomar en cuenta que, despues de un mínimo de 1 año en el piso, con un aviso de 2 meses de antelación, puedo desistir. ¿Que os parece?
La verdad que, hasta ahora, lo llevé bastante bien con el proprietario y que espero que siga así.
Muchas gracias otra vez por vuestra ayuda.
Claire
Como bien dice Paolo, si en tu contrato no consta esa facultad de desistir, solo podras hacerlo al finalizar cada anualidad, es decir, al tercer año, siempre y cuando tu contrato no tenga una dracion mayor.
asesorate con un abogado antes de hacer nada, puedes equivocarte y mucho.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Depende de cómo te lleves con el casero.
1º Si te llevas bien , basta con llamada telefonica
2º Si te llevas mal, correo certificado con acuse de recibo y certificación de texto , si en el contrato figuran vuestros email a efectos de notificacion , basta un correo electronico, con 30 dias de antelacion como minimo a la fecha de terminacion del contrato o cualquiera de sus prorrogas
No tienes que mencionar el tema de la fianza, eso es el dia que vayas a devolver las llaves , y firmar la resolucion del contrato, teneis que hacer el repaso del inventario del piso y desperfectos. saludos
la notificación la debes enviar por burofax, con acuse de recibo y certificación de textos; al propietario.
Recuerda que no te puedes ir cuando quieras; sino cuando lo marque el contrato.
Yo no haria mención a la fianza hasta asegurarte de que realmente te estas marchando debidamente.
Pablo.