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emmanuel dalto

inquilino/a

Se inundo la vivienda que aquilo y me tuve que mudar unos días. ¿Existe algún tipo de resarcimiento?
Se inundó el piso lo que lo hace inhabitable por unos días hasta que lo arreglen. Me gustaría dar de baja al contrato y en su defecto saber si existe algún tipo de indemnización ya que me tuve que ir del piso.

Gracias
  • Preguntado por: emmanuel dalto
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
manuel josé ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Para dar de baja un contrato tiene que ser un juez y, puede ser o no motivo de inhabitabilidad. Con anterioridad hay que comunicar el problema al arrendador por burofax con acuse de recibo. Te adj. Art.26.-

    Artículo 26. Habitabilidad de la vivienda
    Cuando la ejecución en la vivienda arrendada de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente la hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo, sin indemnización alguna.
    La suspensión del contrato supondrá , hasta la finalización de las obras, la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la obligación de pago de la renta."
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