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Laura

casero/a

Inqulina incumplidora
Hola mi nombre es Laura Hace 9 meses alquilé mi vivienda a una supuesta amiga con la condición de poder enseñarla para su venta. Acordamos verbalmente que desde que se vendiera tendria un mes para dejar la casa y me dejaria hacer las visitas necesarias. Primero empezó a ponerme pegas para enseñarla y ya no me contesta a llamadas ni wassaps. Hasta ahora siempre me pago en mano Ahora supongo que por banco ya que evitaevita verme. Necesito venderla por falta de dinero Qué me aconsejan?
  • Preguntado por: Laura
  • Hace 5 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Carlos

    inquilino/a


    Iban si que existe contrato, verbal. Con su respuesta queda claro lo que se debe fiar uno de su palabra. 
    • Respondido por: Carlos
    • Hace 5 años
  • Victor G

    inquilino/a

    Pholmo, el abogado por excelencia del foro, está más que harto de repetir que no hacer un contrato es mucho más peligroso para el propietario que para el inquilino. https://blog.enalquiler.com/2014/destacados/errores-caseros-inquilinos/

    La inquilina por el momento no ha incumplido nada a lo que la ley le obliga. El propietario no puede ordenar la salida alegando la venta como motivo por mucha necesidad que tenga de realizar la venta. Incluso si los pagos los ha hecho en mano, la inquilina tiene medios alternativos de probar que existe un alquiler como las retiradas del dinero del banco a primeros de mes. Si el próximo pago ya lo hace por transferencia bancaria, la inquilina ya estará cubriéndose las espaldas completamente. Si la inquilina cumple sus obligaciones, echarla antes de los plazos legales de al menos 3 años va a ser sencillamente imposible.
  • Iban

    Iban

    casero/a

    Estoy de acuerdo con Amparo. Si no existe contrato ni pruebas de pago puede poner una demanda de desahucio. Será su testimonio contra el suyo, así que quedará en manos de lo que decida el juez. No es la solución ideal pero es una opción.
    • Respondido por: Iban
    • Hace 5 años
  • Victor G

    inquilino/a

    Laura, me temo que ha jugado con fuego y ahora se va a quemar. El propietario no puede romper un arrendamiento alegando la venta como causa. La inquilina, seguramente bien informada, sabe que mientras el arrendamiento esté en vigor tendrá derecho a los plazos que ha indicado Amparo, y que puede denegar la entrada en la vivienda arrendada.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si no hay pruebas de un alquiler (porque siempre le pagó en mano) entonces ya mismo puede interponer demanda de dessahucio por precario.  
    Busque un abogado el lune mismo.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si el inicio del arriendo (el que se pueda demostrar documentalmente) es anterior al 14 de diciembre de 2018, o  entre el  22/01/2019 y el 28 de febrero de 2019, la inquilina tiene derecho a estar ahí un mínimo de 3 años.
    Si el inicio del arriendo (el que se pueda demostrar documentalmente) , fue ente el 14/12/2018 y el 22/01/2019 o posterior al 1 de marzo de 2019
    entonces la inquilina tiene derecho a estar ahí un mínimo de 5 años.  
    Puede usted vender, claro está, pero que alguien compre sin VER es muy difícil, a no ser que lo deje usted muy barato...  
    A ver si ella dejara de pagar (ojalá que no sepa su número de cuenta) y así puede usted ponerle un desahucio por falta de pago.  
    Vaya buscando un abogado.

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