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daniel

casero/a

Mis inquilinos se marchan en septiembre y tienen contrato hasta abril... qué derechos y obligaciones tienen? Puedo demandar?

Dejaron un mes de depósito y evidentemente entiendo que por incumplir el contrato tengo derecho a no devolverlo.... de cualquier manera, lo ideal es que se queden hasta abril y yo les devuelva el depósito. Puedo obligarles a que cumplan el contrato?

  • Preguntado por: daniel
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (37)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • daniel

    casero/a

    Gracias Pholmo, deaquiydealli, Amparo, ya he formalizado el anexo en el contrato, mi abogado ha dado el visto bueno y los inquilinos lo han aceptado sin problemas. Todo bien atado como sugerísteis. Inicié este hilo y tu propuesta es satisfactoria.

    Gracias

    • Respondido por: daniel
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    no es lo mismo vivienda habitual que local comercial, aunque se vertebren por las mismas leyes no son idénticas para cada caso.

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • deaquiydealli

    casero/a

    Artículos 3 y 4 de la LAU.

    http://www.tuabogadodefensor.com/01ecd193df140f315/01ecd193e40909205/01ecd193df140f31cbis.html#EXCLUSIONES_DE_LA_LEY_DE_ARRENDAMIENTOS_URBANOS_

    http://www.cosaslegales.es/alquiler-local/. Aquí dice claramente que en caso de litigio, la decisión se basa en lo dispuesto en la LAU como el caso que ha expuesto PHOLMO.

  • mejuto

    inquilino/a

    http://www.microsoft.com/business/smb/es-es/legal/alquiler_local.mspx

     

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    http://www.crear-empresas.com/dudas/locales.htm

    http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/cosas-que-debes-saber-para-alquilar-un-local-comercial

     

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    pholmo pero de verdad usted es profesional o nos está tomando el pelo a todos?? que es la misma le la lau a la de alquiler de locales?? apaga y vamonos

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Daniel, te he contestado en un privado.

    :-)

  • daniel

    casero/a

    Una pregunta de forma. El anexo lo puedo poner como un punto anyadido al final del contrato. El contrato será el mismo que el que firmamos (un total de 14 puntos -por poner un ejemplo) más el punto 15 referente a este asunto. Gracias a todos por tan entretenidos hilos

    • Respondido por: daniel
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Parece que a mejuto si le cuesta rectificar, parece necesario recordarle que los pisos y locales siempre han estado regulados por LA MISMA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Además lo que pone pholmo es referente a un local que no se rige por las mismas leyes que una vivienda, pero daniel a mi plum, allá usted y sus savios reconocimientos, espero que sus determinaciones sean ponderadas y no solo vayan al eco de la multitud, la cual esta más que viciada

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Justo.

    Lo ha hecho cuando lo ha tenido que hacer.

    Rectificar es de sabios.

  • mejuto

    inquilino/a

    a mi lo que ponga plomo me da igual, no lo conozco de nada como hipotetico profesional, sin embargo a mi abogado no solo yo lo tengo en cuanta como un gran profesional, no sería la primera vez que el señor pholmo rectificara

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • daniel

    casero/a

    Gracias Pholmo por confirmar el recurso del Anexo. Está clarísimo. Lo introduciré en el próximo contrato. Mejuto, estás quedando de pena (ni tienes ni idea macho)... menos que no te he hecho caso -saludos de todas maneras

    • Respondido por: daniel
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues mira Mejuto, mira el artículo de Pholmo.

    Ya ves de dónde "lo saca" Amparo

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En contra de la afirmación de mejuto, si alguien tiene dudas de la eficacia de la clausula penal propuesta por Amparo B le sugiero la lectura de esto:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2010/04/la-clausula-penal-moratoria-en-los.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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