Algo extremo, no cree.
Están en su derecho por incumplimiento de obligaciones no obstante ser extremo.
Si prueba que por razones ajenas a su voluntad y teniendo recibo bancario pagaba en fecha no hay razón para que se dicte resolución de desahucio por impago.
De todas formas si paga lo adeudado y exhibe pruebas de ello, el proceso aunque iniciado cesa automáticamente según lo estipula el procedimiento en la Ley de Enjuiciamineto Civil.
un saludo.
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