Resumiendo el tema tan debatido en este foro: El incumplimiento injustificado por parte del inquilino del plazo de duración del contrato implica que debe pagar una indemnización, que estará adecuada a los daños y perjuicios sufridos por el casero. En mi blog desarrollo este argumento:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html