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Malvyta

inquilino/a

¿Puedo incumplir el contrato firmado si la dueña del inmueble incumple también algo de lo firmado?

firmamos el contrato 3 meses antes de entrar a vivir al inmueble (lo firmamos en junio para entrar a vivir el 1 de octubre) se acerca el momento de recoger la llave y 2dias antes nos llama la propietaria y nos dice que no hay luz en el domicilio hasta el dia 3 de octubre. que podemos hacer? muchas gracias

  • Preguntado por: Malvyta
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Angel Gonzalez ha sido el primero en contestar
  • Angel Gonzalez

    casero/a

    En dicho caso deben hablar con la propietaria y hacerle ver el perjuicio sufrido y como mínimo debe descontarles los dias que ha estado el piso inhabitable.

    Añadiría que lo "adecuado" sería que el redondeo de este descuento fuera generoso en vuestro beneficio como muestra de desagravio, pero esto es cosa de la casera y como este de modales y etica.

    Por otra parte, también pensad que todos somos humanos y que seguramente dejo los trámites excesivamente justos para no pagar servicios por un piso vacio o para que no le dijerais que una parte del pago no os correspondia por ser una fecha anterior a vuestra entrada.  Si no conocia la forma de proceder de las compañias de servicios, es facil encontrarse que aveces trámites sencillos se convierten en verdaderos calvarios y pillarla por desprevenida.

  • Malvyta

    inquilino/a

    la responsable de que no haya luz es la propietaria, ha tenido 3 meses para tramitar el alta de la luz y lo ha dejado todo para el ultimo momento, ha ido a informarse 2 dias antes de nuestra entrada al piso. es una irresponsabilidad enorme. nosotros ahora no tenemos ningun sitio donde quedarnos. todo el piso funciona con electricidad, la vitroceramica, el termo electrico... es imposible vivir ahi durante dos dias sin electricidad

    • Respondido por: Malvyta
    • Hace 13 años
  • Angel Gonzalez

    casero/a

    De entrada un incumplimiento no licita otro incumplimiento (si no lo autoriza el juez).

    Habria que conocer el motivo de la ausencia de luz hasta el dia 3 (puede ser culpa de la compañia o de la propietaria).

    Lo más sensato en cualquier caso es negociar que esos tres dias que no se puede utilizar el inmueble se descuenten de la cuota o por ejemplo se acuerde (por escrito) que al finalizar el arriendo se permita al inquillino permanecer tres dias más de la fecha de vencimiento en compensación, (que siempre vienen bien para trasladar las cosas con mas tranquilidad)

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