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Que se quede con la fianza. Gracias
Es que igual la fianza no basta.
Los contratos de arrendamiento se firman para ser cumplidos por ambas partes, e implican derechos y obligaciones para ambas partes. (Salvo que el vuestro tuviera una cláusula de libre desistimiento por parte del inquilino)
El arrendador tiene el derecho a cobrar la renta de cada anualidad COMPLETA y la obligación de tener a ese inquilino hasta 5 años.
El arrendatario tiene la obligación de pagar la renta de cada ANUALIDAD completa, y, derecho a prórrogas por, anualidades completas hasta que el contrato cumpla 5 años, a veces 8.
Si el arrendatario o inquilino da por terminado el contrato unilateralmente antes (o después) del cumpleaños del contrato , el casero le puede demandar por incumplimiento de contrato, y ello podría significar que un juez le condene a seguir pagando hasta que el piso vuelva a alquilarse o hasta cumplir la anualidad en curso y, además, y esto es muy caro, a correr con las costas del juicio.
Lo más sensato: negociar una indemnización a cambio de que el casero no demande al inquilino o quedarse en el piso hasta siguiente cumpleaños del contrato.
Lo peor - por caro - será ir a juicio.
Tienes también dos posts en el blog de PHOLMO respecto a desistimiento que son muy clarificadores:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html
Los contratos se suelen hacer para cumplirlos. No obstante. ponte en contacto con el propietario e intenta llegar a un acuerdo con él. Si optas por dejarlo a la brava, el propietario podría instarte legalmente para que pagues el resto del importe de los alquileres del tiempo que falte por el incumplimiento.